Trámites para conducir un coche recibido en herencia

Si una persona fallece y deja un coche en herencia, se deben realizar ciertos trámites para poder conducir ese vehículo. El procedimiento varía dependiendo del caso. Si el fallecido dejó testamento, el reparto del bien será diferente. A continuación se explica cómo actuar en cada situación.

Heredar coche si hay testamento

Si el fallecido dejó testamento y especificó a quién dejaba el coche en herencia, el heredero del vehículo deberá cambiar el nombre del propietario en la documentación del vehículo para poder conducirlo libremente o, en su caso, venderlo.

Heredar coche que no está en el testamento

Si el fallecido dejó testamento, pero no incluyó el coche en él, se repartirá el vehículo entre los coherederos o se venderá, dependiendo de lo que se acuerde entre ellos.

¿Y si no hay acuerdo entre los herederos?

Si los herederos no están de acuerdo en la repartición del vehículo, es posible que sea necesario acudir a un notario o incluso a los tribunales para resolver la situación.

Hasta que no se llegue a un acuerdo, no se podrá tramitar la custodia definitiva del coche. Sin embargo, se puede solicitar la custodia temporal del vehículo para poder circular con él mientras se resuelve el problema.

Heredar coche si no hay testamento

Si el fallecido no dejó testamento, se determina a quiénes corresponden los bienes a partes iguales según el Código Civil español. En este caso, los descendientes o ascendientes del fallecido son los herederos del coche.

Para establecer quiénes son los herederos del vehículo y cuál es su porcentaje de propiedad, se necesitará una declaración de herederos ante un notario. Luego, se otorgará la escritura de aceptación de la herencia de todos los bienes, incluido el coche, y se adjudicarán los bienes correspondientes a cada heredero.

 

Hasta que se llegue a un acuerdo entre los herederos sobre quién será el propietario del vehículo, la persona que tenga la custodia provisional del coche deberá comunicarlo a Jefatura de Tráfico en los 90 días siguientes al fallecimiento del titular. Para solicitar el cambio de titularidad del vehículo, se deberá presentar una declaración responsable firmada por todos los herederos.

Custodia definitiva: Trámites para heredar coche

Una vez se haya determinado quién es el heredero del coche, este deberá realizar una serie de trámites para solicitar el cambio de titularidad del vehículo y obtener la custodia definitiva.

El cambio de titularidad es esencial para poder circular con el vehículo o venderlo. No se puede realizar un contrato de compraventa de un vehículo si no se es su titular. A continuación se detallan los trámites necesarios para comprar o vender un vehículo entre particulares.

Trámites cambio de titularidad y transmisión definitiva vehículo recibido en herencia

Para cambiar la titularidad de un vehículo que se ha recibido en herencia, es necesario seguir los siguientes pasos:

  1. Solicitar el Certificado de Defunción en el Registro Civil del lugar en el que falleció el titular del vehículo. La solicitud debe ser realizada por los herederos y es gratuita.
  2. Solicitar el Certificado de Actos de Última Voluntad, para lo cual se debe aportar el Certificado de Defunción. El costo de la tasa es de 4€.
  3. Si el titular del vehículo no estableció un único heredero en testamento, el trámite anterior se sustituirá por la Declaración de Herederos o Acto Judicial de Derechos Herederos.
  4. Con el testamento del fallecido o el Certificado de Actos de Última Voluntad, se deberá abonar el Impuesto de Sucesiones en la Delegación de Hacienda. El precio varía según la Comunidad Autónoma y el grado de parentesco (mayor precio cuanto mayor grado).
  5. Para tramitar el cambio de titularidad, se debe solicitar cita previa en Jefatura de Tráfico llamando al 060, por Registro Electrónico o a través de la página web de la DGT. Una vez allí, se deben presentar los siguientes documentos:
  • Certificado de Defunción.
  • Testamento o Declaración de Herederos que verifique que el coche es heredado por el beneficiario interesado.
  • Justificante de pago del Impuesto de Sucesiones.
  • Documentación del vehículo.
  • DNI, pasaporte o tarjeta de residencia del heredero.
  • DNI o pasaporte original o fotocopia compulsada del causante.
  • Puedes pagar la tasa de cambio de titularidad del vehículo en Jefatura de Tráfico, aunque solo se acepta el pago con tarjeta. La cantidad a pagar es de 54€.
  • Pagar en el Ayuntamiento correspondiente el Impuesto de Circulación.

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